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El Supremo considera que Puigdemont puede ser elegible en las europeas, pero devuelve el caso a los juzgados ordinarios

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El Tribunal Supremo ha ordenado a los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que sean ellos los que resuelvan de inmediato si el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont puede concurrir a las elecciones europeas, aunque les recuerda que en el afectado «no concurre causa de inelegibilidad».

Una decisión que el Supremo extiende a los exconsejeros Antoni Comín y Clara Ponsatí, también huidos de la Justicia como Puigdemont, y en la que deja claro que la competencia para conocer sobre el recurso de estos tres políticos contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) que les excluyó de la lista de JxCat corresponde a los tribunales de lo Contencioso-Administrativo.

Según el auto del Supremo, los tres pueden ir en las listas porque la ley no incluye entre los motivos para no poder ser elegido la de encontrarse en rebeldía.

Por unanimidad, el alto tribunal ha ordenado a los juzgados competentes de Madrid que resuelvan de inmediato esos recursos, «teniendo en cuenta» que en ninguno de los tres concurre causa de inelegibilidad.

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En el auto de la Sección Cuarta, el Supremo deja claro que no es competencia suya dilucidar sobre ese recurso, que los tres afectados presentaron ante tres órganos (el propio alto tribunal, los juzgados de lo Contencioso-Administrativo y la JEC) al entender que la regulación electoral española era oscura y no respetaba los estándares europeos.

Lejos de eso, el Supremo asegura que «no hay absolutamente ninguna razón para sostener que la legislación electoral española o su práctica aplicativa son oscuras ni defectuosas», e insiste que la competencia para conocer el recurso es del juzgado de lo Contencioso-Administrativo, tal y como figura en la ley Electoral y como se hace de forma «inequívoca y constante».

Y aunque devuelve la causa a los juzgados ordinarios, que ayer precisamente la remitieron al Supremo, el alto tribunal no quiere limitarse a ello consciente de las «muy especiales circunstancias en las que nos encontramos».

De este modo, afirma que el sufragio pasivo es un derecho reconocido en la Constitución a todos los españoles , por tanto, también a Puigdemont, Comín y Ponsatí, por lo que «solo cabe excluir de sus ejercicio a quienes se encuentren incursos en causa de inelegibilidad».

La rebeldía no es causa de inelegilibidad»

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Entre las que prevé la ley «no figura la de hallarse en rebeldía, como se encuentran los recurrentes”, apostilla el auto, que añade: «Así pues, en cuanto ciudadanos españoles tienen derecho a presentarse como candidatos en las próximas elecciones al Parlamento Europeo».

Subraya también que es doctrina reiterada «la que subraya que las causas de inelegibilidad deben ser interpretadas restrictivamente y que las dudas en esta materia deben ser resueltas de la manera más favorable a la efectividad de los derechos fundamentales».

La Sala «no ignora la extraordinaria importancia» del recurso ni que debe resolverse con la máxima rapidez, como ordena la legislación electoral, pero ello «no autoriza a esquivar o ignorar las normas legales que atribuyen la competencia jurisdiccional», en este caso al Contencioso-Administrativo.

No se trata de un «capricho formalista», resalta el Supremo, sino de un mecanismo que «impide a las partes escoger el órgano judicial que consideren conveniente y a los jueces tomar o dejar asuntos a su libre arbitrio».

El auto, de ocho páginas, no ahorra en su parte final una crítica a los recurrentes por presentar simultáneamente un mismo recurso ante tres órganos diferentes, lo que «solo puede calificarse de extravagante».

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Insiste en que ni la legislación electoral española ni su práctica son oscuras y recuerda que los juzgados y tribunales están actuando desde hace más de cuarenta años en esta materia «con una extraordinaria pulcritud y eficacia», por lo que los reproches de los recurrentes «carecen de todo fundamento».

Esta misma mañana, Puigdemont ya ha adelantado que si la decisión que finalmente se adopte no es favorable a sus

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Escándalo en España: El PP se unió al socialismo y votó a favor de darle la ciudadanía a 500.000 inmigrantes ilegales de África

El PP, el PSOE y todos los partidos de izquierda se unieron para votar a favor de la regularización de medio millón de inmigrantes que ingresaron de manera ilegal en la última década.

El Partido Popular (PP), una suerte de Juntos por el Cambio en España, ha vuelto a traicionar a su base de votantes y decidió unirse con la extrema izquierda para regularizar y otorgarle la ciudadanía a más de 500.000 inmigrantes ilegales que arribaron al país desde África o Medio Oriente.

Si bien la ley todavía no ha sido aprobada, más bien solo se ha aprobado el tratamiento del mismo en el Parlamento, el PP sienta un peligroso precedente y ha anticipada que busca volver a votar de la misma manera en el recinto una vez que se modifiquen algunos aspectos del proyecto de ley.

De hecho, todos los partidos en el Parlamento han votado a favor del tratamiento y aprobarán pronto la ley, con la única excepción de los legisladores de VOX, que se opuso de cuajo contra la ley que le agregaría más de 500.000 votos en todo el país a la izquierda.

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Según la diputada del PP, Sofía Acedo, fue Cáritas, la organización benéfica de la Iglesia Católica, que hizo lobby para que dicha legislación sea aprobada, a pesar de que dentro de ese medio millón de personas hay prácticamente una totalidad de árabes musulmanes.

Por su parte, la socialista Elisa Garrido ha trasladado que el PSOE votará a favor de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) por el “respeto” que merece darle participación directa en la política a quienes viven en España, y que creen que es necesario “seguir avanzando en mecanismos que garanticen procesos seguros de inmigración”.

Por su parte, la diputada de VOX Rocío De Meer ha indicado de nuevo que la formación liderada por Santiago Abascal rechaza la medidaQueremos que España siga siendo España, no Marruecos, ni Argelia, ni Nigeria, ni Senegal. Y esto no es odio ni es xenofobia, ni racismo, es puro sentido común“.

En España se han llevado a cabo seis regularizaciones extraordinarias de inmigrantes en toda su historia. Entre 1991 y 1992 se puso en marcha, con el Gobierno socialista, una regularización extraordinaria que benefició a 108.321.

En 1996, con el PP mediante otro proceso de regularización extraordinaria, obtuvieron papeles 21.294 inmigrantes de los 25.128 que lo solicitaron. En el año 2000 solicitaron la regularización 244.327 extranjeros y consiguieron la documentación 163.352. En el año 2001 fue denominado “regularización por arraigo” y se otorgó papeles a 239.174 inmigrantes más.

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Como si esto no fuera poco, en el 2005, durante el gobierno del comunista José Luis Rodríguez Zapatero, hace casi 20 años, se le otorgó ciudadanía a medio millón de inmigrantes, la misma cantidad que pretende dar ahora Pedro Sánchez, peleando codo a codo por el récord histórico de pérdida de identidad.

Fuente: Derecha Diario.

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