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España

Las idioteces de la izquierda no cesan ni por Navidad: El Ayuntamiento de Valencia prohíbe las mascarillas con bandera de España a los agentes de Policía Municipal (NO es una inocentada)

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Juan Ribó

El podemita Joan Ribó quiere mascarillas «neutrales»

El Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos (SPPLB), en agradecimiento por la gran labor de los trabajadores que defienden, proporcionó una mascarilla de tela lavable y decorada con el escudo de la organización y la bandera de España. Su representante, Jesús Santos, consideró que la «escasez que sufren los profesionales” merecía esta solidaridad,  según explica el diario El Español.

España es nuestro país y nuestra bandera es un símbolo de identidad como lo es el Himno Nacional. Una bandera no es un símbolo político y no afecta a la neutralidad. Son igual de españoles los españoles de izquierdas como los de derechas y, precisamente, la bandera es lo que nos une a todos y nos hace iguales, sin discriminaciones de unos por encima de otros.

Este argumento tan básico y que cualquier niño de escuela entendería, parece no entrar en la cabeza del Ayuntamiento podemita de Valencia, con el alcalde Joan Ribó a la cabeza, que ha requerido a los agentes de la Policía Local para que se abstengan de llevar mascarillas con la bandera de España. Sólo podrán llevar las que les proporcione el consistorio, las demás quedan totalmente prohibidas. De esta forma, el ayuntamiento se asegura realizar las comandas a los ‘amigos’ que ellos decidan.  “Parece que molesta la banderita”, ha denunciado Santos, muy enfadado.

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España

Begoña Gómez, esposa del presidente Sánchez, presunta delincuente, procesada

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El juez Peinado procesa a Begoña Gómez y a su asesora en Moncloa por cuatro delitos

También a Barrabés, pero solo por tráfico de influencias y corrupción. El instructor solicita el escrito de conclusiones a las partes, antes de resolver si les manda banquillo

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El juez Juan Carlos Peinado procesa a la mujer del presidente del Gobierno y a su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos y apropiación indebida del software de la cátedra extraordinaria que la primera codirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM).

También acerca aún más a ser juzgado al empresario Juan Carlos Barrabés, aunque solo por los delitos de tráfico de influencias y corrupción en el sector privado.

El titular del Juzgado de Instrucción número 41 deja así fuera del procedimiento el ilícito de intrusismo profesional por el que hasta ahora se investigaba a la esposa de Pedro Sánchez, en relación a la firma por su parte de una adjudicación pública de la UCM para el desarrollo del programa informático. Después de que las dos asociaciones profesionales de la Abogacía del Estado descartasen la existencia de indicios de irregularidad en estos hechos.

El instructor del «caso Begoña Gómez» cierra así la fase de investigación y solicita ya a las partes que presenten, en un máximo de cinco días, sus escritos de conclusiones provisionales, antes de que Peinado resuelva si les manda finalmente al banquillo de los acusados.

Se prevé que solo la acusación popular unificada, que lidera Hazte Oír, defienda la procedencia de abrir juicio oral y traslade, por tanto, su petición de penas para los tres imputados. Así como que el resto de partes, incluida la Fiscalía, opten, como vienen haciendo, por reclamar el archivo de las actuaciones. Contra esta resolución cabe un recurso de apelación que obligaría a la Audiencia Provincial de Madrid a revisarla.

Además, en este auto, el magistrado requiere a Lefebvre-El Derecho S.A. que aporte «las facturas de los servicios prestados para la cátedra de Transformación Social Competitiva». Esta diligencia había sido solicitada por la acción popular y es la única que accede a practicar el juez Peinado.

Por otro lado, abre la puerta a que la defensa de Gómez pueda entregar tres informes periciales que manifestó que era su voluntad aportar, «cuando lo estime oportuno, dentro de los plazos procesales correspondientes y antes de la conclusión de esta fase intermedia».

El abogado la esposa de Sánchez, el exministro socialista Antonio Camacho, detalló que uno gira en torno a la inexistencia de un perjuicio económico generado por su clienta a la UCM; otro sobre el régimen de las cátedras extraordinarias como la que ella codirigió, y un tercero sobre el estatus de las asesoras de los jefes del Ejecutivo.

No habrá una condena a costas para la acusación popular, que reclamó el letrado de la asistente de Gómez en Presidencia del Gobierno, «al haber sido acordada la continuación del procedimiento, que es lo interesado» por esta parte.

«Decisiones favorables a la cátedra»

En su auto, el juez Peinado expone como «hechos indiciariamente atribuidos» que, «desde la llegada de su esposo, primero a la Secretaría General del PSOE, y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra y al proyecto TSC (Transformación Social Competitiva)», «que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional».

Pone sobre la mesa que «el beneficio» que habría obtenido la mujer del presidente «puede ser indirecto y a favor de un tercero», el también imputado Barrabés. Y también a través de un «bien mueble» como es la plataforma tecnológica financiada, de manera altruista, por varias grandes empresas («que pudieron acceder al patrocinio por tratarse de un proyecto de la esposa del presidente») para que fuese propiedad de la Complutense.

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