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Sucesos

Marlaska intentó multar a Rajoy en el confinamiento sin pruebas

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-La Policía propuso sancionarle sin chequear los vídeos de La Sexta en los que se le veía caminando

-La Abogacía del Estado paró el proceso al advertir que no ofrecía «garantías» y podía ser «infundado»

El Gobierno intentó multar al expresidente del Ejecutivo Mariano Rajoy, por caminar cerca de su domicilio durante el confinamiento sin contar con pruebas, apoyándose únicamente en unos vídeos emitidos por La Sexta que la Dirección General de la Policía dio por buenos sin chequear. «Los elementos de que se disponen podrían, todo lo más, tener la consideración de indicio», alertó la Abogacía del Estado, en abril de 2020, según el informe interno al que ha tenido acceso ABC. «La incoación de un procedimiento sancionador, con los elementos de que se dispone, no cuenta con suficientes garantías que permitan asegurar el éxito, la viabilidad, acierto y corrección de la resolución», concluye.

Los letrados se pronunciaron así tras ser consultados sobre la sanción que la Dirección General de la Policía propuso para el expresidente popular y que fue admitida a trámite por la Delegación del Gobierno de Madrid.

Todo ello en una semana. El mismo día en que La Sexta publicó los vídeos, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, aseguró que se estaban «realizando las investigaciones oportunas para comprobar» si Rajoy se había saltado el confinamiento. «En un estado de Derecho, el principio de legalidad es un pilar base», aseguró, advirtiendo que «el nombre no determina una aplicación u otra» de la norma y prometiendo que el expresidente sería tratado como un ciudadano más. Pero según revela el informe de la Abogacía sucedió lo contrario ya que el proceso de multa contra Rajoy se puso en marcha precisamente por ser q

Sin fecha ni identificación

Las alarmas se dispararon en la Abogacía al comprobar que el oficio de la Policía no indicaba «si se ha realizado tarea alguna de análisis de las imágenes que permita afirmar que las mismas no han sido objeto de tratamiento, modificación o manipulación y que el día, la hora y lugar en que se dice que se han tomado son ciertos». En esta línea, el informe pedía al Gobierno que tuviera en cuenta que los vídeos no habían sido grabados «por un agente ni por una cámara habilitada en una zona videovigilada administrativamente autorizada», y que no podían, por tanto, darse por buenos sin más.

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El único chequeo que reconoció haber hecho la Policía fue «una comprobación geográfica sobre el terreno». Es decir, una verificación de que los automóviles que aparecían en las imágenes seguían aparcados unos días después y que las escenas correspondían, por tanto, a algún momento del confinamiento. Nada más. Por ello, los letrados advirtieron al Gobierno de que este chequeo no era suficiente porque las limitaciones del estado de alarma se habían ido ampliando desde marzo de 2020. En este sentido, le recordaron la «relevancia» de «determinar con la mayor contundencia posible» la fecha en que fueron grabados los vídeos.

Los abogados del Estado aún encontraron más carencias jurídicas en la iniciativa y señalaron que «siendo innegable» que en las imágenes aparecía «una persona de evidente parecido físico» con Rajoy, ésta no pronunció «palabra alguna ni, menos aún, se le identifica en ningún momento».

Para no dejar lugar a dudas, la Abogacía hizo un ejercicio hipotético considerando que «las imágenes fueran correctas, desplegasen eficacia probatoria y se hubiese identificado correctamente a Mariano Rajoy». E incluso en este caso volvió a concluir que tampoco procedía incoar una sanción porque se desconocía el motivo por el que el expresidente popular «se pudiera encontrar deambulando».

En este sentido, recordaba que las restricciones a la libertad de circulación tenían «una serie de excepciones» que permitían «legalmente hablando, circular por la vía pública». «Ciertamente se desconoce, amén de todo lo anterior, si pudiera haber habido una causa que justificara el desplazamiento», remachaban los letrados. En vista de todo ello, el informe consideraba que acordar la incoación de la multa en ese momento, no era «ilegal per se» pero «difícilmente» se podría «dar por cumplido el requisito de la imputación de los hechos presuntamente constitutivos de infracción».

Evitar la «precipitación»

Por si el Gobierno insistía aún así en seguir adelante, la Abogacía recordaba la jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto a que «las actuaciones previas» son el medio para «esclarecer hechos» que pudieran acabar en sanciones. Y afeaba que esa investigación, no hecha en el caso de Rajoy, era «una garantía contra la precipitación». Por todo ello, los letrados concluían «sin entrar en mayores honduras» que el proceso carecía «de los requisitos» necesarios «para sostener con acierto la corrección de un hipotético acuerdo de incoación».

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Así las cosas, la Abogacía no proponía archivar el caso sino realizar «diligencias o pruebas complementarias» que permitieran acreditar y probar los hechos, dada su «transcendencia o gravedad». «De ser ciertos, sí podrían ser merecedores de sanción», apuntaban los letrados del Estado. Pero siempre sobre la base de un acuerdo de incoación «fundado» y «asentado en sólidas razones y hechos», que aseguraran el «acierto» del procedimiento y evitaran que Rajoy pudiera «ser objeto de un procedimiento sancionador de manera infundada».

Este proceso nunca se realizó y la multa nunca llegó al domicilio del expresidente popular. La Delegación del Gobierno lo justificó en que la gran cantidad de multas a tramitar obligaba a dar prioridad a las conductas más graves. Pero, en realidad, la sanción fue parada porque no contaba con garantías. «Leído el oficio de la Policía, esta Abogacía del Estado no puede compartir las premisas que en él se contienen», resumía el documento.

El informe de los letrados no recoge quién solicitó su elaboración. «La consulta se formula mediante nota interior remitida por correo electrónico», señala vagamente. Ni si fue la Delegación del Gobierno la que pidió los vídeos a La Sexta para proporcionárselas a las Fuerzas del Orden, como se publicó en 2020. «Las imágenes en cuestión han sido puestas a disposición de la Policía», añade sin concreción alguna, alimentando así la tesis de que fueron presiones políticas las que motivaron que la Policía abriera el expediente sin contar con las pruebas suficientes.

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