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Tribunales

La amenaza de un segundo juicio por desobedecer con los lazos planea sobre Torra

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El presidente de la Generalitat, Quim Torra, el pasado lunes camino al TSJC para ser juzgado por desobiediencia
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La sala contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado llevar a la vía penal al presidente catalán, Quim Torra, por desoír una orden suya del pasado mes de septiembre para que retirara del Palau una pancarta de apoyo a los políticos presos con un lazo amarillo.

En un auto, que cuenta con el voto particular de uno de los cuatro magistrados, el TSJC resuelve deducir testimonio contra Torra ante la sala penal del alto tribunal por no haber descolgado la pancarta, dentro del plazo de 48 horas que le dio, a raíz un recurso que la asociación Impulso Ciudadano presentó para mantener la neutralidad del edificio incluso fuera de período electoral.

De prosperar este proceso penal, esta sería la segunda causa abierta a Quim Torra por negarse a quitar símbolos de apoyo a los políticos presos de los edificios públicos dentro de los plazos establecidos, lo que el lunes pasado ya le llevó a juicio ante el TSJC, en este caso por desobedecer presuntamente a la Junta Electoral.

El TSJC ordenó el pasado 20 de septiembre a Torra que retirara la pancarta, con el lema «Libertad presos políticos y exiliados» y flanqueada con un lazo amarillo, al considerar que debe garantizarse la «neutralidad institucional» del edificio, como medida cautelar mientras resuelve el recurso presentado por Impulso Ciudadano, asociación liderada por el exdiputado de Cs en el Parlament José Domingo.

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El presidente de la Generalitat, no obstante, desoyó el ultimátum de 48 horas que le dio el tribunal y recurrió en paralelo la orden, tras lo que el TSJC dictó un nuevo requerimiento en el que instaba a los Mossos d’Esquadra a retirar los símbolos de apoyo a los presos del Palau «de forma inmediata».

Ante ese segundo requerimiento dirigido a la policía catalana, el 27 de septiembre personal de mantenimiento del Palau retiró la pancarta, tras lo que cuatro activistas independentistas -los exdiputados Lluís Llach y Antonio Baños, la actriz Silvia Bel y la portavoz de la plataforma Som Escola, Teresa Casals- desplegaron otra con el lema «Libertad de opinión y expresión. Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos».

En su auto, fechado el 4 de noviembre -antes del juicio a Torra-, la sala contenciosa desestima el recurso que presentó el presidente catalán y le advierte de que la pancarta y el lazo son símbolos «cuya naturaleza no es neutral y, por ende, inevitablemente partidista».

En su recurso, Torra invocaba la libertad de expresión, pero la sala le recuerda que el presidente tiene ocasión de ejercitarla «en todos los foros y en todos los formatos a su alcance, en el Parlament y en los medios públicos y privados de comunicación», sin invadir los derechos de libertad ideológica y neutralidad institucional planteados por Impulso Ciudadano.

La sala acuerda además deducir testimonio contra el presidente de la Generalitat, y remitirlo a la sala civil y penal del TSJC para que lo investigue, después de que el 27 de septiembre constatara, a través de su secretaria judicial, que la pancarta seguía en el Palau pese a haber expirado el ultimátum a Torra.

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Por ese motivo, el tribunal decidió requerir al comisario de los Mossos que diera instrucciones a sus fuerzas para descolgar la pancarta, lo que no fue necesario porque, a las 15.40 horas de ese mismo 27 de septiembre, la policía catalana levantó acta constatando que se había retirado.

Voto particular

Como ya hizo cuando el tribunal dio el ultimátum a Torra el pasado 19 de septiembre, el magistrado Eduard Paricio se desmarca de la sala en un voto particular al considerar que una pieza de medidas cautelares no es el marco «idóneo» para adoptar decisiones que responden a cuestiones de fondo.

El juez alega que en este caso se discute sobre cuestiones de una «notable complejidad jurídica» ya que afectan a los límites del derecho de los cargos a la libertad de expresión, al alcance y naturaleza de la neutralidad que se puede exigir a las instituciones y a los derechos de los ciudadanos al respecto.

Por este motivo, concluye en su voto particular que antes de adoptar medidas como las que han asumido sus compañeros de sala se tendría que permitir que las partes desplegaran con profundidad sus razonamientos y que pudieran aportar las pruebas que consideren necesarias.

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A su entender, en el actual momento procesal de esta causa no se presenta con «suficiente claridad» el debate «como para permitir que entre en juego el principio de apariencia de buen derecho en la toma de una decisión cautelar».

El auto del TSJC se ha hecho público dos días después de que el TSJC dejara visto para sentencia el juicio por desobediencia contra Torra, para quien la Fiscalía pide un año y ocho meses de inhabilitación por desoír una orden de la Junta Electoral para que retirara el lazo del Palau en la campaña del 28A.

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