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El PSOE intentó destinar dinero de la ecotasa a pagar gasto corriente

Redacción

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La difícil situación económica del Govern, en gran parte provocada por la parálisis en la financiación que no llega de Madrid, está provocando que el reparto de los suculentos 128 millones de euros de la ecotasa sea motivo de disputa constante entre los socios del Govern de izquierdas. El pasado martes, la conselleria de Hacienda remitió un borrador a Més y Podemos donde incluía una disposición adicional para poder destinar dinero de la ecotasa a sufragar gasto corriente. Los socios de los socialistas abortaron de inmediato el intento de pagar, por ejemplo; la electricidad, los folios o la gasolina de los coches del Govern con dinero del Impuesto Turístico Sostenible (ITS).

Primero fue Més quien se dio cuenta de la operación y después Podemos también lo detectó y exigieron a los socialistas la eliminación inmediata de la disposición adicional. A Hacienda no le quedó otro remedio que suprimirla de la Ley de Presupuestos que se presenta hoy para iniciar su trámite parlamentario.

El borrador remitido el pasado martes, dos días antes de que los presupuestos se aprobaran en Consell de Govern, hablaba de destinar unos 2,8 millones de euros de la ecotasa a gasto corriente. Lo hacían utilizando la fórmula de incluir una disposición adicional en una ley para modificar otra. El intento socialista de emplear dinero del impuesto turístico para hacer frente al volumen de gasto corriente que genera el Govern no llegó a pasar a las altas esferas de los partidos del Pacto de Izquierda, según ha podido saber este periódico. Se paró entre los responsables económicos de las conselleries de Més y de Podemos con la de Hacienda que dirige Rosario Sánchez. El Govern pagó 124 millones en gasto corriente en 2019.

Fuentes de la conselleria de Hacienda explicaron ayer que durante la elaboración de los presupuestos llegan «diversas propuestas, la mayoría de carácter técnico, que después se incorporan o pueden quedar descartadas y esta no está incluida».

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La fuerte polémica entre los socios durante los últimos meses ha sido por la utilización de un dinero finalista, como es el de la ecotasa, para hacer frente a proyectos que no tienen nada que ver con el medio ambiente y la sostenibilidad. En un primer momento se intentó pagar a los hoteleros y las empresas afectadas por la quiebra de Thomas Cook y los de Més ya se plantaron. Después, sin casi darse cuenta, incluyeron el proyecto del tren hasta el Parc Bit. La disputa es que el PSIB considera que los fondos del impuesto turístico puedan destinarse a la caja única y sus socios, en especial Més, quieren ser escrupulosos en destinarlos a proyectos ambientales y sostenibles como marca la Ley del Impuesto Turístico.

Més per Menorca se rebela

Més per Menorca, socio externo del Govern, está molesto por la «perversión» que están intentando hacer los socialistas con el dinero de la ecotasa. Es por ello, que los menorquines someterán a sus bases si deben apoyar o no los presupuestos del Govern de 2020 en el Parlament, según confirmó el portavoz nacionalista Pep Castells. Es cierto que el Govern podría aprobar las cuentas sin los menorquines, pero el resultado sería muy ajustado.

Castells explicó que las instituciones menorquinas, empezando por los ayuntamientos, se sienten «maltratadas» con esta cuestión y, por este motivo, tienen pensado que sus órganos decidan si deben apoyar las cuentas del Pacto.

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

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«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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