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Porqué Irene Montero no puede seguir ensuciando más (si cabe) el puesto de Ministro de España y debe ser expulsada del Gobierno (explicado en dos minutos)

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Si ha llegado a estas líneas es porque no entiende nada de lo que está sucediendo con la ley del ‘sí es sí’ de Irene Montero que está provocado la revisión de más de una decena de condenas y la puesta en libertad de cinco violadores. La ministra de Igualdad que venía a proteger a todas las mujeres parece haber conseguido todo lo contrario pero, ¿por qué?, ¿Cuáles son los motivos de que su norma sea una chapuza legal?, ¿por qué está provocando la rebaja de las condenas?, ¿no iba a dar más protección a las víctimas de delitos sexuales?

Si usted, como yo, no tiene nociones básicas de Derecho y se ha visto inmerso en decenas de titulares y artículos que hablan de la norma de Garantías de la Libertad Sexual pero que no le explican la problemática, ha llegado al sitio correcto.

Siga leyendo y al terminar ya podrá decirle a sus amigos feministas, esos exaltados de bar, por qué Irene Montero debe dimitir cuanto antes.

Unificación de dos delitos en uno

La ley de garantías de la Libertad Sexual o más conocida como la ley del ‘sólo sí es sí’ de Irene Montero modificaba en el Código Penal los artículos 178 y 179 referidos al abuso y la violación. Se unificaban ambos en un sólo tipo delictivo.

Revisión de las penas mínimas

Al unificarse ambos delitos en uno sólo, se modifican a su vez las penas mínimas y máximas. La agresión, el tipo básico, reduce al límite máximo de la pena. Si antes se hablaba de 1 a 5 años de prisión, ahora es de 1 a 4. Por su parte, la agresión sexual con penetración, pasaría de la horquilla de 6 a 12 años a la de 4-12 años.

¿Por qué se rebajan ahora las penas?

1. La aplicación de la ley más favorable
Según el artículo 2.2 del Código Penal, todo reo tiene derecho a acogerse a la norma más beneficiosa para el cálculo de su condena. Así, todos se acogerían al mínimo legal impuesto. Cuando hay una colisión entre dos normas penales cuya vigencia temporal ha sido diferente, pudiéndose aplicar cualquiera de ellas al reo, debe aplicarse la que es más favorable para éste.
2. La transitoria
No se incluye la transitoria, una herramienta por la que la posible rebaja de las penas no se aplicaría en ningún caso a las personas ya condenadas en firme.

Se modifique o derogue, da igual

Según el artículo 9.3 de la Constitución Española, uno de los más importantes, si un condenado se ver perjudicado por la entrada en vigor de una ley que endurece su delito es «irretroactiva». En otras palabras, que si el Gobierno modifica la ley y la reformula con el fin de aumentar las penas, las garantías constitucionales les permitirían seguir acogiéndose al texto de Irene Montero y salir de forma anticipada de la cárcel.

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