Cultura

El Tribunal Constitucional corrige la ley de escuela propia que ideó el nacionalismo

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Nueve años y medio después de que el PP presentase un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la Ley de Educación de Cataluña (LEC), la primera ley educativa aprobada en el Parlamento autonómico catalán y obra del tripartito (PSC, ERC e ICV-EUiA) en común acuerdo con CiU, el Alto Tribunal dio a conocer ayer la sentencia que tumba diez artículos y una disposición adicional, e interpreta otros dos artículos de la norma. Los populares, en 2009, recurrieron parte del preámbulo, 37 artículos, dos disposiciones adicionales y tres disposiciones transitorias, del total de 205 artículos y 43 disposiciones varias que componen la LEC. El objetivo de los partidos que aprobaron la LEC era, básicamente, crear para Cataluña un sistema educativo propio, distinto al nacional, una cuestión que el TC desbarata casi diez años después en sus aspectos nucleares.

El Alto Tribunal considera que no es constitucional el modelo organizativo curricular ideado por la Generalitat, ni la forma de organizar sus cuerpos docentes porque reproducen «de manera más incompleta» y «confusa» lo que ya recoge la normativa nacional en cada uno de estos ámbitos. Además, el TC declara inconstitucional la forma de evaluar de la Generalitat en las etapas de Primaria y Secundaria y también la forma de establecer las categorías y la función de sus docentes. Respecto a la posibilidad de tener un cuerpo de inspectores propio, el intérprete de la Carta Magna recuerda a la administración autonómica que al crearlo debe ajustarse a lo que marca la normativa nacional.

De la misma manera, el TC también considera que pese a que las CC.AA. pueden ordenar la función pública docente «en el marco de sus competencias», la LEC «no respeta los cuerpos docentes previstos en la legislación básica estatal y, con ello, vulnera la competencia estatal derivada del artículo 149.18.1.18» de la Constitución. Anula, también, los apartados que regulan el currículo y la organización de los estudios en Primaria y Secundaria, así como algunos aspectos sobre la forma de evaluar a los alumnos.

Y considera contrarios a la Constitución diferentes preceptos sobre cuerpos docentes de la Generalitat, ya que apunta que no se puede «alterar» la estructura de los cuerpos de funcionarios «establecida por la legislación básica».

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El modelo lingüístico

Aunque el PP no recurrió en su día la inmersión lingüística obligatoria (recogida en la LEC en los artículos 11, 14, 15 y 18), por lo que el TC en su sentencia conocida este jueves no se pronuncia sobre su legalidad, sí requirió al Alto Tribunal sobre la situación lingüística escolar en el Valle de Arán. Es en este contexto en el que el TC vuelve a reiterar lo que fijó en varias sentencias (1994 y 2010) sobre el modelo lingüístico, que supone que el sistema no puede excluir de la escuela, como lenguas vehiculares, ninguna de las lenguas oficiales, que en el Arán son tres, al incluir el occitano o aranés.

Además, el TC constata -recoge la sentencia conocida ayer y firmada el pasado 11 de abril- el derecho de la Generalitat a ofrecer atención individualizada en catalán a los inmigrantes recién llegados al sistema escolar catalán para que puedan «iniciar el aprendizaje en esta lengua». Eso sí, sin desatender «su derecho» a recibir «atención lingüística personalizada en castellano», que tiene que estar garantizado por la Generalitat.

Invasión de competencias

En definitiva, el Alto Tribunal ajusta a la legalidad la norma autonómica porque considera que, básicamente, la LEC invade competencias, como deja constancia en su referencia a los objetivos del currículo porque este ya está fijado en la normativa nacional y «el legislador autonómico ha penetrado en este punto en el espacio normativo ocupado legítimamente por el legislador básico». Una opinión similar a la que señala con los aspectos relacionados con las enseñanzas artísticas y con el acceso a los cuerpos de catedráticos, docentes e inspectores, al superar las competencias de la Generalitat.

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