Opinión

El artículo 22 de la Constitución

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Reza este artículo, tras reconocer el derecho de asociación en su punto 1:

  1. Las asociaciones (léase sociedades anónimas, limitadas, comanditarias por acciones, sindicatos, partidos políticos, etc.) que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
  2. Las asociaciones (léase sociedades anónimas, limitadas, comanditarias por acciones, sindicatos, partidos políticos, etc.) sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.

  3. Se prohíben las asociaciones secretas (léase masonería, etc.) y las de carácter paramilitar (léase comités de defensa de repúblicas imaginarias, etc.)

Como expresa el artículo 6, “los partidos, su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley”.

De no ser así, denúnciense debidamente por quien o quienes tienen capacidad para ello y díganlo los tribunales, y disuélvanse o suspéndanse por ellos sus actividades, en virtud de resolución judicial motivada, a tenor de lo que establece el artículo 22 de la Constitución.

No seamos pacatos, ni admitamos la funesta lenidad, que termina -como las termitas- con el estado de derecho. Todo ello con la independencia marchenera que proceda, así como del lugar de inhumación que se disponga por quién proceda y a su arbitrio. Faltaría más.

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El artículo 162 dispone, además, que están legitimados para interponer recurso de inconstitucionalidad, no solo el Presidente del gobierno y el Defensor del pueblo, sino un mínimo de 50 diputados, entre otros varios, que es el actual caso de Vox con 52.

Vista la resolución del parlamento europeo de 18-09-19 (con 535 votos a favor en un parlamento de 751 miembros electos, 66 en contra –posiblemente comunistas en estado de crisálida, de ninfa o de pupa, a saber- y 52 abstenciones -que bien podrían ser las del PP de Ana Pastor o del de Suarez Illana- del total de 653 comparecientes, que supone un 82%), en la que se condenan expresamente los horribles e innúmeros crímenes cometidos por los comunistas en toda Europa sin excepción. Hay que agradecer esta memoria histórica a las naciones que se vieron beneficiadas por el comunismo-leninismo desde 1917 a 1989 del siglo pasado, y que aún se escuecen de tanta bondad y progresía bolivariana. Ignoro cuantas comidas hacían al día.

Documento oficial este, con rango normativo indirecto, que apenas ha tenido eco en la prensa española, ni en el PP de nuevo cuño, salvo en los medios de la ultraizquierda blanqueadora –v.g. el panfleto comunista Público, a cuyo director le pone de los nervios semejante infundio- no por ello deja de suponer un aviso a navegantes, para promover tanto la revisión –pura memoria histórica europea, fácilmente comprensible a los que se traen la brasa de la memoria histórica en España, que quieren cambiar el curso de la victoria del 39 sobre Stalin –desde su acondroplaxia bracicorta- y no por ello menos importante para cerrar el círculo democrático en esta España.

Círculo este al que se refería el doctor Sánchez recientemente, con motivo de despertar a Franco -para su mal- y que debe suponer –en pura justicia distributiva y reparadora, que sin duda promoverá Vox, para obtener otra morterada de votos y escaños- el cese, aireo y reposición a la casilla de salida, de tantos homenajes, calles, costanillas y plazuelas, e incluso monumentos en la Castellana –como el del escayolista leninista, Largo- a asesinos, chekistas, etarras y otras hierbas aromáticas que proliferan en nuestra tierra impunemente, así como la disolución, salida o expulsión de estos partidos de aquellas instituciones democráticas en las que puedan estar traspapelados o colados, partidos, digo, o asociaciones cuyo objeto y fin -bien mirado, por supuesto- se parezca a algo que atente a la unidad y perfil de España, tal como se expresan en los artículos 1, 2 y 3 de nuestra constitución en vigor, a la que tan hábilmente se agarra ahora el Pablo Manuel de los demonios.

 

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