Tribunales

Condenan a un padre a seguir manteniendo a su hija de 27 años

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Audiencia Provincial de Lugo.
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Alicia, nombre ficticio de una joven de 27 años en paro, era una estudiante modélica hasta que, al finalizar el bachillerato, su brillante trayectoria académica dio un vuelco anómalo y, a todas luces, inesperado. De obtener resultados excelentes y admirables en sus años de instituto pasó, al entrar en la universidad, a transitar por un sendero de notas mediocres, absentismo y apatía. Podía deberse al desinterés que le producía la carrera que cursaba, pero se matriculó en otra y siguió en la misma situación. No iba a los exámenes, faltaba a las clases y no mostraba ningún interés en sus nuevos estudios. Probó con cursos de formación, pero nada cambiaba.

Tras acudir a terapia psicológica, la profesional que le atendió comprobó que su comportamiento no era deliberado, sino que tenía su origen en los malos tratos psicológicos que, durante mucho tiempo, le infligió su padre, quien le pasaba una pensión mensual de 450 euros desde que se divorció de su madre. Alegando que la joven ya estaba en edad de valerse por sí misma, un juzgado aprobó el pasado mes de diciembre a petición del progenitor que la manutención cediese. Sin embargo, tras recibir un informe pericial sobre el deteriorado estado psicológico de la mujer, la Audiencia Provincial de Lugo, donde residía la joven cuando sus padres se divorciaron, falló recientemente a favor de que el hombre prolongase el sustento durante otros 18 meses por ser el responsable último de su situación.

Los padres no están obligados a mantener la pensión de sus hijos una vez que estos ya están en edad de ser de alguna forma autosuficientes. La ley marca que, si estos no aprovechan sus estudios o no se incorporan al mercado laboral aun teniendo la oportunidad de hacerlo, los progenitores pueden pedir que la cuota mensual que les remiten se extinga paraimpedir así situaciones de aprovechamiento económico. No obstante, en algunos casos la necesidad de que se dilate está justificada por circunstancias como las que se dieron en el caso de esta joven.

«Creo que queda probado que no se puede premiar de esa forma a un maltratador cuando las pruebas documentales acreditan que, si la víctima no es capaz de llevar una vida laboral ni personal normal, es realmente por las conductas que manifestó hacia ella durante mucho tiempo», explica a ABC Damián Gómez González, el letrado que representó a Alicia en todo el proceso. Después de que, en abril de 2017, el padre presentara un recurso para reclamar el fin de la manutención, Gómez alegó, esgrimiendo el informe de la psicóloga que había maltratado a la joven, que su estado anímico y emocional estaba plenamente vinculado a los malos tratos psicológicos que el padre había ejercido sobre ella y también sobre su madre.
Tiranía

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Según explica Gómez, el hombre sometió a ambas a un régimen de tiranía en el ámbito doméstico que se prolongó de manera continuada durante un largo periodo de tiempo. Entre otras cosas, relata condiciones de gran crueldad, como hacerlas comer en exceso, en silencio o contra su voluntad, no permitirlas hablar por teléfono o escuchar música bajo la amenaza de echarlas de casa o llamar «gorda» a la madre hasta «hacerla vomitar».

Debido a todas estas situaciones vividas, la joven desarrolló, una vez formalizado el divorcio y puesto fin al calvario que soportó, una serie de traumas e inseguridades que la llevaron a descuidar sus hábitos de higiene, no tener capacidad de concentración o contar con serias dificultades a la hora de mantener relaciones sociales o sentimentales, entre otras cosas.

Por todo ello, y tras cotejar el informe de la experta con otra evaluación psicológica llevada a cabo por los servicios jurídicos, la Audiencia Provincial obligó el pasado mes de junio a que el padre siguiera pasándole la pensión a su hija durante otro año y medio más, revocando así una sentencia previa que eximió al hombre de hacerlo tras acoger su recurso.

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