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ESTO NO LO OIRÁN EN EL TELEDIARIO: El Tribunal Supremo determina que la jurisdicción Penal española no puede revisar lo acontecido durante la Guerra Civil y el periodo posterior

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Criminales rojos

[D]esde la Asociación “RAICES” nos congratulamos de que el Tribunal Supremo haya dejado ya bien claro en una reciente sentencia de casación (Sentencia núm. 138/2021 de su sala segunda) que la Justicia Penal está para juzgar casos contemporáneos, y no para juzgar hechos sucedidos hace casi un siglo, y que en cualquier caso es tarea de los Historiadores e Investigadores llevar a cabo dicho análisis historiográfico, y nunca penal. Además, señala que hay instituciones penales básicas en un estado de derecho, como son la prescripción, la amnistía y la muerte del presunto sospechoso de los hechos denunciados, que ya de por sí cierran esta vía. Por lo tanto, queda cerrada en España esta vía que se abrió en Chile hace varias décadas donde en base a la figura jurídica ficticia y falsa del “secuestro permanente” de las presuntas víctimas, creada por una Justicia completamente tomada por la Izquierda en Chile, se permitió saltar dichas garantías penales, lo que sirvió para que el ex Juez Garzón pretendiera hacer lo mismo después en España mediante un macro procedimiento irregular de Causa General contra el Franquismo, algo que le causó una querella criminal y un serio quebranto judicial. Además, el Tribunal Supremo señala que los denominados “juicios de la verdad” lo que pretenden es una reconstrucción parcial de unos hechos, negando el derecho fundamental a la defensa de los presuntos responsables, ya que fallecieron hace mucho tiempo.

A juicio del Tribunal califica a lo sucedido en la guerra civil y en la posguerra como “un hecho poliédrico” al afirmar:

“El derecho a conocer la verdad histórica no forma parte del proceso penal y solo tangencialmente puede ser satisfecho. Las exigencias de contradicción efectiva, de publicidad, de igualdad de partes, de oralidad, la disciplina de garantía de la prueba, el contenido esencial del derecho a la presunción de inocencia, etc., como notas características del sistema penal de enjuiciamiento, se compaginan mal con la declaración de la verdad histórica de un hecho tan poliédrico como el de la guerra civil y la subsiguiente posguerra”.

Para afirmar a continuación que “El método de investigación judicial no es el propio del historiador” y que “Los métodos de indagación del juez de instrucción no tienen nada que ver con el proceso investigador del historiador. No procede mezclar la verdad histórica con la forense, pues la histórica es general e interpretable, no está sometida a la perentoriedad de términos y plazos y, con frecuencia, precisa de cierta distancia temporal para objetivar su análisis.

La judicial, por el contrario, se constriñe a un hecho, impone unas consecuencias con carácter coercitivo, está sometida a requerimientos temporales y formales y es declarada con observancia de las garantías propias y se refiere a la depuración penal de una responsabilidad exigida desde una acusación.” Ciertamente la verdad histórica es “interpretable” como afirma el Tribunal Supremo y por lo tanto no puede ni debe imponerse como rango de verdad absoluta, como pretende este Gobierno social-comunista y sus asociaciones memorialísticas subvencionadas. Finalmente, el Tribunal Supremo condena en costas a la asociación memorialística recurrente. Desde “RAÍCES” deseamos felicitar al Tribunal Supremo por esta sentencia tan clarividente y dejar bien claro que todas las personas tienen derecho a una sepultura digna pero no a que se pretenda hacer juicios sumarísimos sin garantías para los acusados por hechos tan lejanos. Esta Sentencia genera un ámbito de reconciliación nacional, como lo generó en su momento la Ley de Amnistía aprobada por todos los partidos políticos en 1977.

Ya está bien de pretender forzar las instituciones democráticas y judiciales para someterlas a meros fines electorales. En este sentido, es importante resaltar cómo en España la Izquierda política siempre ha pretendido hacer un uso electoralista de las víctimas de la guerra civil, pero en realidad nunca se han ocupado en verdad de buscarlas y darles digna sepultura. Llevan desde el Gobierno de Rodríguez Zapatero haciendo “mapas de fosas” hasta el momento presente, como el que alarga un “chicle” macabro, cuando la realidad es que las subvenciones las dan para sus chiringuitos memorialísticos pero no para, por ejemplo, localizar y exhumar a las personas que fueron asesinadas por el Frente Popular, como por ejemplo pasa con la mayor fosa en Cataluña, la de Montcada y Reixach, donde hay miles de personas que por sus ideas políticas o sus creencias católicas fueron allí arrojados sin vida. Desde RAÍCES esperamos que la Izquierda Política deje de una vez de hacer bandera política de esta cuestión y busque una verdadera reconciliación y armonía entre los españoles.

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Las Pardo de Vera, las niñas de familia bien, presuntas delincuentes

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El exjefe de personal de ADIF apunta a Pardo de Vera por la contratación de las mascarillas

Miranda reconoce que existieron más ofertas, pero que no las valoraron porque pensaban que no cumplirían

El exjefe de personal de ADIF apunta a Pardo de Vera por la contratación de las mascarillas

El exjefe de personal de ADIF, Michaux Miranda, en el juicio.

El último testigo de la quinta jornada del juicio de las mascarillas deja la pelota en el tejado de Isabel Pardo de Vera. El exdirector de Gestión Personal en ADIF Michaux Miranda ha apuntado a la expresidenta del administrador de infraestructuras ferroviarias. El ex alto cargo ha subrayado este martes en el Supremo que fue ella quien le pidió que llamara a Soluciones de Gestión. El exdirectivo ha reconocido que existieron otras ofertas más económicas, pero que no se valoraron porque pensaban que no cumplirían el contrato. Además, ha subrayado que ya tenían la experiencia positiva de Puertos del Estado, por lo que decidieron contratar con ella.

Miranda ha relatado que buscaron proveedores desde semanas antes de que se publicara la orden ministerial el 26 de marzo de 2020 de forma «insistente y con ahínco», pero que «nos estaba costando» encontrar empresas que suministraran mascarillas de forma inminente. A pesar de que valoraron dos ofertas, decidieron adjudicar la compra a Soluciones de Gestión porque garantizaba el suministro de manera inmediata. Pardo de Vera acudirá este miércoles como testigo para explicar cómo se transmitió la instrucción para adquirir material.

El exjefe de personal de ADIF ha asegurado que el ente público tenía otra oferta de mascarillas sobre la mesa, presentada por una empresa china de tecnología con sede en Granada (Innjoo Technology) dedicada a la venta de teléfonos móviles y tabletas. Sin embargo, tras valorarla, decidieron confiar en la de Soluciones de Gestión y encargarle cinco millones de unidades de mascarillas por 12 millones de euros.

Ofertas más económicas

El antiguo responsable de ADIF, investigado en la Audiencia Nacional, ha explicado que la noche en la que estaban deliberando sobre las ofertas recibieron la información de que el suministrador de Puertos del Estado ya tenía montada la logística para la entrega de las primeras mascarillas. Eso les motivó en confiar en la firma vinculada a Víctor de Aldama, que se enfrenta a siete años de prisión por el atenuante de colaboración. La Fiscalía y las acusaciones populares elevan la petición para Koldo García y José Luis Ábalos a 30 años.

El fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, le ha preguntado al testigo si los 2,5 euros por mascarilla que pagaron a Soluciones de Gestión eran habituales en ese momento, a lo que Miranda ha respondido que sí. El exjefe de Recursos Humanos de ADIF ha esgrimido que las empresas que ofertaban por debajo de esa cantidad no solían conseguir entregar la totalidad del pedido. Luzón ha recordado entonces al compareciente que «el Servicio Madrileño de Salud las compró a 1,24 a una empresa española en esas fechas».

 

«Las mascarillas se entregaron en cinco envíos. Sasemar detectó que había unas mascarillas defectuosas, lo trasladamos a la empresa y las sustituyó», ha apuntado Miranda. El exdirector de Recursos Humanos de ADIF ha señalado que Soluciones de Gestión «cumplió el contrato» y que tenía a las empresas SGS y Bureau Veritas como verificadores del proceso.

El ex alto cargo ha señalado que habló con Koldo García en tres ocasiones en abril de 2020 porque era la persona designada por el Ministerio de Transportes para el reparto de mascarillas: «En la orden venían ya fijadas las cantidades de entrega». Ha explicado que Pardo de Vera, que fue quien le designó para la adquisición de cinco millones de cubrebocas, pero que desconoce los motivos por los que le eligió.

 

La auditoría de Puente

En un informe reciente, la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil vinculó a Pardo de Vera con la trama de las mascarillas. El oficio remitido a la Audiencia Nacional, incluye una serie de mensajes con el propio Miranda, donde este le recuerda que fue ella quien le pasó el teléfono de Íñigo Rotaeche, representante de Soluciones de Gestión. Los investigadores apuntan que la expresidenta de ADIF lo consiguió a través de Koldo García.

Miranda también se ha mostrado este martes muy criticó con la auditoría encargada por el ministro Óscar Puente: «La forma en la que se gestionó deja mucho que desear». El exdirector de Recursos Humanos de ADIF fue cesado de su cargo en agosto de 2024, tras su imputación en la Audiencia Nacional.

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