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Tribunales

Villarejo, dispuesto a revelar al juez detalles del turismo sexual de jueces y fiscales

Redacción

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El excomisario José Villarejo, en prisión desde hace más de un año por el caso Tándem -ayer la Sección Tercera de la Audiencia Nacional volvió a denegar su libertad por enésima vez-, pidió a principios de febrero al juez instructor, Manuel García Castellón, declarar sobre los viajes a Colombia de magistrados y fiscales tanto de ese órgano judicial como del Tribunal Supremo a países como Colombia en los que estas personas habrían sido grabadas cuando mantenían encuentros sexuales, también con menores. Además, solicita que también sean citados la ministra de Justicia, Dolores Delgado, y Baltasar Garzón, que según él estuvo en alguno aunque no participó en ese tipo de actividades. No ha recibido aún respuesta.

La ministra de Justicia, Dolores Delgado, se refirió a este asunto en la comida que el 23 de octubre de 2009 mantuvo con su amigo y entonces juez Baltasar Garzón y la cúpula policial de la época. Aquella conversación fue grabada por Villarejo y en septiembre del año pasado se difundió. Delgado, en esa etapa fiscal de la Audiencia Nacional, relató un viaje a Cartagena de Indias en compañía de un grupo de miembros del Tribunal Supremo y de la Fiscalía General del Estado.

La fiscal indiscreta

«Tenemos un viaje a Cartagena de Indias; íbamos una magistrada de la Audiencia Nacional y yo (…). Luego íbamos con una serie de gente del Supremo, de la Fiscalía General, catedráticos (…) y (…) “missing” en combate (…); intentamos quedar con ellos y nos decían que no». La juez y ella, según explicó en esa comida, se fueron a cenar «ella y yo solas, palabra de honor». Los varones se habrían ido a «tomar mojitos» a «no sé qué allí, un sitio que nos dicen que vayamos. Nos vamos allí las dos, estamos sentadicas las dos solas y cuál es nuestra sorpresa cuando vemos al grupo de tíos del Supremo, de la Fiscalía General»… «Con unas tías de 17 años», completó otro de los comensales. «Menores de edad», añadió la ministra con énfasis. «Se levantaron a toda pastilla cuando nos vieron; empezaron con el agobio de que nos habían visto». Les dijeron que eran «camareras del hotel, que nos han dado pena y han venido y no sé qué»…

En el momento de la filtración, ésta se atribuyó a Villarejo y se enmarcó en una estrategia de presión para conseguir su libertad. En febrero pasado el jefe de la trama Tándem pidió declarar por este tema y que también lo hicieran la ministra de Justicia y el juez Baltasar Garzón, «copartícipe de algunos de los viajes aludidos. Si bien es cierto -añade el recluso en su escrito- que el señor Garzón, aunque visitó en alguna ocasión algunos de los establecimientos espiados, nunca aceptó subir a las habitaciones a pesar de los ofrecimientos que tuvo al respecto». Afirma además que con el exmagistrado hizo «algunas de las gestiones» con él para recuperar el material.

Villarejo, quiere declarar «sobre las instrucciones recibidas de autoridades políticas y policiales y del CNI tendentes a confirmar la existencia de grabaciones de alto contenido sexual y otros (…) Grabaciones que al estar en manos de servicios policiales y/o inteligencia extranjeros habrían forzado a los afectados a actuar en contra de criterios de soberanía nacional».

El jefe de la trama relata en este sentido que «es mi intención apuntar todos y cada uno de los detalles de las operaciones de recuperación de dicho material comprometedor, datos que podrán, si es que existe voluntad de ello, contrastarse con el contenido de la documentación intervenida. En dicha documentación podrá identificarse claramente alguna de estas grabaciones comprometedoras donde se constatan encuentros con menores de uno y otro sexo». Por tanto, reconoce que ese material estaba en su poder pero no explica por qué lo conservaba si es que era el resultado de una misión oficial muy delicada que le había sido encargada por sus superiores.

Insiste el expolicía en que alguna de las grabaciones «se pudo rescatar, al menos copias, que no originales, que han podido terminar en poder de la DEA y/o otros servicios extranjeros», y quizá también en manos del CNI, cuyo director, Félix Sanz Roldán, como se sabe, es su enemigo número uno.

Mientras el excomisario espera la respuesta del juez a su petición, ayer la Sala decidió mantenerlo en prisión al considerar que persiste «el riesgo de fuga». «Los argumentos dados por los jueces a quo en los autos (…) se comparten plenamente por esta alzada, remitiéndonos expresamente a los mismos». La defensa justificaba su petición en el estado de salud de su cliente, la dependencia que tiene de su mujer y su hija y la falta de medios para poder huir del país.

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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