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Tribunales

Quim Torra se baja los pantalones y retira el lazo del Palau de la Generalitat

Redacción

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Un par de funcionarios autonómicos ha retirado este mediodía las tres pancartas, la del lazo amarillo, la del lazo blanco y la que indicaba «libertad de expresión», que colgaban de la fachada del Palacio de la Generalitat de Cataluña. Minutos antes, Quim Torra ha informado de que presentará «una querella por un presunto delito de prevaricación» contra la Junta Electoral Central (JEC), así como un recurso contencioso-administrativo contra la decisión de retirar los símbolos partidistas.

Con este paso, el gobierno catalán obedece finalmente, once días después, las órdenes del órgano electoral, que exigió el pasado 11 de marzo la retirada de cualquier simbología partidista de los edificios de titularidad autonómica en vísperas del inicio de la precampaña electoral por los comicios del 28 de abril.

A su vez, este viernes, varios departamentos de la Generalitat, así como otras dependencias oficiales ya han inciado la reculada a primera hora de la mañana. No obstante, los Mossos d’Esquadra tienen la misión, ordenada por la JEC, de quitar los lazos antes de las 15:oo horas de hoy.

Diferencias en el gobierno catalán

Desde el 11 de marzo, Torra ha recibido, con la de ayer, cuatro advertencias explícitas por parte de la JEC (11, 18, 19 y 21 de marzo) para que cumpliera con lo que establecen las normas y han dictaminado los tribunales, en relación a la neutralidad de las instituciones públicas, especialmente durante el periodo electoral.

Durante estos once días, las tensiones en el gobierno catalán se han acentuado, debido a las diferencias en la estrategia a la hora de aplicar lo establecido por la JEC, según diversas fuentes de la Generalitat. En este sentido, los responsables de las Consejerías controladas por ERC eran partidarios, con matices, de acatar los acuerdos de la JEC; mientras que Torra y algunos consejeros de Junts per Catalunya, apostaban por desobedecer (tal y como han hecho durante once días).

Sin embargo, el acuerdo de la JEC de este jueves, en el que se ordena a los Mossos d’Esquadra intervenir para retirar la simbología partidista, a puesto punto final a la estratagema de Torra, pues tanto en la Consejería de Interior (que controla Miquel Buch y de la que depende la policía autonómica) como en la de Vicepresidencia (Pere Aragonès) se ha optado por no seguir tensando la cuerda con el Estado de Derecho.

Entendido como una reacción del derrotado, Torra, en su comunicado de este viernes, ha animado a los ciudadanos «a llenar los balcones de pisos y casas con esteladas y lazos amarillos». Una iniciativa que impulsa la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y que tendrá, presumiblemente, poco impacto, pues en Cataluña quedan pocos balcones de partidarios de la secesión que no exhiban ya su iconografía. Algo que, por otro lado, no incumple con la ley.

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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