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Tribunales

Pablo Casado pide que la Fiscalía actúe ya contra la ANC y Quim Torra por amparar la violencia

Redacción

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Casado en Cuenca.
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Pablo Casado cree que un nuevo 155 debería ser más amplio y abarcar a los Mossos, la educación y los medios públicos de comunicación, pero antes que eso deben tomarse «medidas urgentes» como, por ejemplo, «que actúe la Fiscalía» contra los dirigentes independentistas que alientan la violencia, por un posible delito de odio.

De esta manera, el presidente del PP ha subido el tono contra el presidente de la Generalitat, Quim Torra, y contra el resto de dirigentes independentistas que llaman a los CDR a «apretar» y culpabilizan a las Fuerzas de Seguridad en lugar de combatir la violencia. «Torra va a investigar a los Mossos. Es el mundo al revés», ha dicho.

«No se entiende que Torra corte carreteras y les diga Apretad a los CDR» y que, «en vez de investigar» a los violentos, «investiga a quienes se han jugado la vida», se ha lamentado el candidato popular en una entrevista concedida a Antena 3. Con su llamamiento a que la Fiscalía actúe, Casado se refería también a las declaraciones de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), Elisenda Paluzie, sobre que la violencia en Cataluña hace «visible el conflicto» catalán y hace «que estemos en la prensa internacional de manera continuada estos días». Al ver positiva la violencia podría haber incurrido un delito de odio, según Societat Civil Catalana, que ha presentado una denuncia ante Fiscalía contra ella, con el «respaldo» del PP.

«Pedro Sánchez tiene que decidir si está con los constitucionalistas» o con los independentistas, «a los que no les cierra la puerta», ha insistido el presidente del PP a cuenta de la violencia en las calles y carreteras catalanas. De hecho, Casado ha subrayado que «el Estado tiene que garantizar el orden público en Cataluña, cosa que hoy no está sucediendo».

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«Por primera vez hay una vinculación explícita entre independentismo y violencia. Por eso, pido a la Fiscalía que analice si estos hechos son constitutivos de un delito de odio y de incitación a la violencia», ha dicho también este martes la portavoz del PP en el Congreso, Cayetana Álvarez de Toledo. «¿Hasta qué punto es legal una asociación que explícitamente justifica la violencia como parte de su estrategia?», ha añadido, en referencia a la ANC.

El presidente del PP ha vuelto a insistir en que el Ejecutivo debe activar ya la Ley de Seguridad Nacional: «Hay que tomar el control de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para garantizar el orden público, la libertad y seguridad de todos los españoles, pero también para que Torra no sea quien dirija a 16.000 hombres armados y encima los investigue».

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

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«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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