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Tribunales

Manos Limpias denuncia ante la Fiscalía General del Estado los chanchullos de 15 grandes empresas, nacionales y multinacionales

Redacción

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MANOS LIMPIAS.- El Secretario General del Sindicato MANOS LIMPIAS, don Miguel Bernad Remón, ha denunciado ante la Fiscalía General del Estado a los directivos de las quince grandes empresas, nacionales y multinacionales, que han sido sancionadas recientemente por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, CNMC, por “amañar” 275 concursos públicos de infraestructuras ferroviarias, durante catorce años consecutivos, con un perjuicio millonario para el Estado español, y, consiguientemente, para todos los ciudadanos y contribuyentes.

MANOS LIMPIAS considera que los hechos son constitutivos de los delitos de estafa, relativos al mercado y consumidores, de corrupción en las organizaciones, de alteración de los precios de los concursos y subastas y, posiblemente, de cohecho, a los políticos de los Ministerios correspondientes, de ADIF, el Administrador de las Infraestructuras Ferroviarias, etc.

Según informó en fecha reciente la CNMC, y dieron cuenta los medios de comunicación social:

“La CNMC sanciona a 15 multinacionales y grandes empresas por amañar 275 concursos públicos de infraestructuras ferroviarias, durante catorce años consecutivos, generando unos sobreprecios superiores al 20% del valor real de esas instalaciones.

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Las sanciones impuestas por la CMC ascendieron a 118 millones de euros.

La CNMC ha pedido a Hacienda que les prohíba concursar con las Administraciones Públicas, vista su actividad delictiva, continuada, en perjuicio del Estado y de los contribuyentes”.

Para el Sindicato MANOS LIMPIAS, se trata del mayor latrocinio de dinero público descubierto por la CNMC, y realizado por una buena parte de las grandes empresas existentes en España, concretamente más de la mitad de las que cotizan en el IBEX 35:
Acciona, ACS, FCC, Ferrovial, OHL, Sacyr, Isolux, etc., todas las cuales pactaban previamente los precios, repartiéndose los concursos, e imponiendo así sobreprecios a la Administración del Estado.

Este latrocinio del dinero público, en un país totalmente corrupto y corrompido, se extiende también al sistema bancario, y concretamente, BBVA, Banco SANTANDER, Sabadell y CAIXANK se confabularon, presuntamente, para imponer condiciones totalmente desfavorables a empresas de energías renovables, cobrándoles altos tipos de interés, si querían proteger su deuda de los bandazos del mercado, S/DC0579/16.
Asimismo existía –o existe- un cártel de empresas informáticas –asunto S/DC/0565/15- que posibilitaba que firmas como IBM e INDRA amañasen concursos públicos, desde el mismo embrión del concurso, al realizarse el pliego de condiciones, convocarse el periodo de licitación público, etc.

Así directivos de INDRA, por ejemplo, dicen que: “En la Gerencia de Informática de la Seguridad Social quieren que les ayudemos a hacer los pliegos”, o “En el pliego han puesto exactamente los modelos que nosotros les enviamos”…, suponemos, a priori, que previo el cohecho o mordida correspondiente.

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Otras consultoras como DELOITTE y PWC pudieran estar también implicadas en esta trama criminal.

Para los Letrados del Sindicato MANOS LIMPIAS, los hechos son constitutivos de los delitos de estafa, delitos relativos al mercado y los consumidores, delitos de corrupción en los negocios, delitos de alteración de precios en concursos y subastas públicas, concurriendo la existencia de una auténtica organización criminal.

Además todos estos delitos se han realizado con abuso de superioridad, con abuso de confianza, se han ejecutado mediante precio o recompensa, en muchos casos prevaleciéndose del carácter público, e integrando una organización criminal.

En el supuesto, como nos tememos, de que la fiscalía general del estado no se ponga las pilas, y coja el toro por los cuernos, este Sindicato se verá obligado a denunciar estos hechos ante la Unión Europea, Comisario y Dirección General de la Competencia, y demás organismos internacionales con competencias sobre subvenciones públicas y corrupción administrativa, para que se enteren de lo que realmente está pasando en España.

 

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

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«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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