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Sociedad

El Supremo, sobre el cese ilegal de Pérez de los Cobos: «Interior actuó en contra de la Guardia Civil»

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El Alto Tribunal censura a Marlaska y advierte de que el cese no obedeció «a una valoración negativa de la profesionalidad e idoneidad» del mando de la Benemérita

 

El motivo que invocó Interior para destituir al coronel Pérez de los Cobos fue «contrario a la función de la Policía Judicial de la Guardia Civil». Es lo que esgrime el Tribunal Supremo en la sentencia en la que anula el cese del mando por ser contrario a derecho. «Lo que desconocían los órganos superiores del Ministerio del Interior y sobre lo que se dice que no informó el recurrente, eran las investigaciones y actuaciones de la Unidad de Policía Judicial (UOPJ), lo que estaba expresamente prohibido por la magistrada que dirigía la investigación», señala la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TS. 

Por lo que, indica el Alto Tribunal, la causa invocada por el departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska es «ajena a una inidoneidad sobrevenida para el cargo, como lo prueba que la iniciativa de cese no procediera de los mandos, y no responde a una valoración negativa de la profesionalidad e idoneidad del recurrente». 

El fallo del Alto Tribunal ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional, órgano que revocó —indebidamente— en septiembre de 2021 la resolución, y confirma la que declaró, en primera instancia, que el cese de Pérez de los Cobos fue ilegal. De acuerdo con esta última, Interior deberá restituir en su puesto al coronel y abonarle los haberes no percibidos en los últimos tres años.

El Supremo censura a Interior

El mando fue cesado de manera fulminante el 24 de mayo de 2020 por «pérdida de confianza». La destitución, no obstante, se tornó polémica por producirse poco después de que agentes de la Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid entregaran un informe requerido por la juez que investigaba al entonces delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco —finalmente exonerado—, por permitir a principios de marzo, hasta que la declaración del estado de alarma por el coronavirus, la celebración de manifestaciones y distintos actos, entre ellos el 8-M. 

Poco después, trascendió, según la versión del coronel, que había sido cesado por no acceder a la petición de sus superiores políticos para facilitarles informaciones sobre la causa judicial, entonces bajo secreto judicial, y que, se creía desde Interior, podía afectar al director del Centro Coordinador de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón. En un primer momento, el ministro del Interior negó esa razón y desvinculó el cese de ese informe. Después, matizó que respondía a la filtración del mismo a los medios de comunicación, razón por la que su departamento le pidió conocer esa información.

El mando recurrió su destitución ante los tribunales y ahora, casi tres años después, el TS ha estimado su pretensión. En la sentencia, el Supremo censura la actuación del Ministerio del Interior que, a su juicio, fue «confusa y redundante», pues si se esperaba del recurrente que informase sobre las pesquisas policiales era «obvio que era con con fines de conocimiento, es decir, para conocer algo que se desconocía y que apareció en la prensa», señala la Sala.

«Injerencia gubernativa»

Por otro lado, los magistrados exponen que si bien en lo orgánico la Policía Judicial está encuadrada en la Administración, el artículo 126 de la Constitución la sitúa bajo la dependencia de los jueces y tribunales y del Ministerio Fiscal «en la averiguación de delitos como garantía de la independencia y la eficacia de la Justicia». De forma que, lo dictaminado en este litigio, «alcanza a la comprensión de esta garantía», indica el Supremo. 

En este caso, la UOPJ estaba a las órdenes de la magistrada que dirigía la instrucción por la celebración del 8-M contra el entonces delegado del Gobierno en Madrid. Por lo que, critica el TS, «no es admisible injerencia gubernativa y menos si la magistrada había ordenado absoluta reserva y que solo se le informase a ella». Por lo que, culmina la sala, «no cabe cesar a quien no formaba parte de esa Unidad y pretextar para ello ‘no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil en el marco operativo y de Policía Judicial con fines de conocimiento». 

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España

Guerra llama «disidente» a Sánchez por abrirse a una amnistía que sería una «humillación»

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González pide a Sánchez «no dejarnos chantajear por partidos en vías de extinción» y critica a Díaz por «ir a Waterloo a ver al emperador».

El Ateneo de Madrid ha sido testigo de un acontecimiento histórico que hacía treinta años que no ocurría: el tándem Felipe Gónzález y Alfonso Guerra, presidente y vicepresidente, juntos de nuevo para reivindicar los valores históricos del socialismo y presionar a la actual dirección de Pedro Sánchez de desistir de la amnistía que negocia con los independentistas catalanes. La presentación del último libro de Guerra, La Rosa y las espinas, era la excusa pero también la oportunidad para cumplir con la expectación generada y hablar sin tapujos sobre la actualidad nacional. El ex número dos del Gobierno, Alfonso Guerra, ha calificado de «disidente y desleal» al presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, sin citarle y refiriéndose a él como «el otro».

Y, lo que es más relevante, ha fijado su posición sobre una posible amnistía que, a su juicio, sería «un retroceso histórico» y una «humillación deliberada de la generación de la Transición». Según Guerra, «la amnistía significa condenar la Transición y la democracia, que es lo que buscan los jóvenes inmaduros de la nueva política, que no es otra cosa que una estafa descomunal». Tras la ovación del salón de actos en pleno, añadió que la concesión de esta medida de gracia «significa la condena del 90% de los españoles que votaron la constitución 78 y que manifiestan su preferencia a la política de acuerdos».

«Tras el indulto a los protagonistas del procés, si el indulto es el perdón, la amnistía es la desaparición de la responsabilidad. Es decir, que no delinquieron», algo que «un demócrata no puede aceptar». De la misma manera explicó que las amnistías se conceden siempre ante un cambio de régimen y «se hacen siempre por unanimidad y no con medio Parlamento en contra. Yo pido como socialista que no se conceda esa amnistía que falsifique la historia» beneficiando a «los felones que atentaron contra la libertad y democracia y que repiten cada día que volverán a hacerlo. La pregunta no es si cabe en la Constitución sino si se puede extinguir la responsabilidad penal a los autores de una movilización encaminada a subvertir el orden constitucional».

González: «No es digno ir a Waterloo a ver al emperador» 

El ex presidente del Gobierno no quedó a la zaga. Felipe González comenzó atizando a dos dirigentes cercanos al Presidente Sánchez. Primero a Yolanda Díaz, a quien se refirió como «ésa gente que no ha ganado nunca las elecciones y está dando lecciones de cómo hacer política. La vicepresidenta se destaca mucho en eso». Y en una referencia velada a Feijóo, se preguntó: «¿Como se atreve a darle lecciones a quien le ha ganado elección tras elección y le ha dejado sin escaño». No fue la única vez que se refirió a ella. Al término de su intervención añadió otras reflexión: «No es digno trasladarnos a Waterloo como si uno fuera a ver al emperador del paralelo pero en la otra dirección».

También se refirió al ex presidente Zapatero, con quien González y Guerra compartieron actos de campaña electoral y a quien dirigió el siguiente mensaje ante la deriva del mismo en la ultima campaña al 23-J: «No se si me estoy arrepintiendo de haber hecho campaña con él». Las risas del auditorio se repitieron con la tercera cita, al presidente manchego, Emiliano García Page, de quien dijo: «O nos metemos todos bajo la cobija de García Page o no se dónde vamos a ir». 

Pero el grueso de su mensaje también versó sobre la amnistía que «no es constitucional», que «no cabe en la Constitución, borra el delito. No es que perdona al delincuente sino que lo borra (…) Borra eso y les quita legitimidad a los que trataron de defender la legalidad». Felipe González se negó a responder al Gobierno «porque todavía no se lo que va a hacer. Yo no puedo responder por lo que hacen un fugado de la justicia y de un perdedor de eleciones», en referencia al secretario general del PSOE, Pedro Sánchez.

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España

La “ENE”sima traición de la derecha cobarde de Feijóo y su mamporrero de preferencia, Borjita Sémper: Tras negarlo, profanan el Congreso Español con chapurreos regionales

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DIJO ESTE LUNES QUE NO IBAN A HACER «EL CANELO» PESE A SER LOS CAMPEONES DEL RIDÍCULO POLÍTICO

El PP utiliza el euskera en el Congreso pese a asegurar que no lo haría: «Es nuestra diversidad»

El diputado del Partido Popular, Borja Sémper, ha utilizado el euskera en su intervención en el Congreso en el Pleno para aprobar que se puedan utilizar el catalán, el gallego y el propio euskera en la sede de la soberanía nacional.

«Mis hijos hablan en euskera, no es un problema. Es nuestra diversidad, es nuestro patrimonio», ha defendido Sémper, en su primer discurso en la Cámara.

El propio dirigente popular dijo este lunes que su partido hablaría en castellano en el Congreso y no usaría las lenguas cooficiales. «Lo que no vamos a hacer es el canelo y no vamos a hacer cosas raras. Vamos a hacer cosas que entiendan todos los españoles y vamos a intentar que el Congreso de los Diputados no sea una caja de resonancia en la que sólo hablamos los diputados para los diputados», manifestó.

En este sentido, no desveló si el PP presentará una enmienda de totalidad ante la norma que regulará el uso de las lenguas cooficiales en el Congreso.

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España

Condenada a tres años y diez meses de cárcel una enfermera de Vigo por drogar a su hija ¡DE 18 MESES! para culpar al padre

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Nuestra querida, eficaz, justísima y ciega justicia vuelve a lucirse con otra sentencia absolutamente delirante y absolutamente injusta: Unos meses de cárcel y pérdida de dos años de patria potestad por SUMINISTRAR DROGAS POTENCIALMENTE MORTALES a su bebé de 18 meses con el único objetivo de impedir las visitas de su padre, del que, seguro, no tenía reparos en aceptar -que decirmos; en EXIGIR- todas las pensiones, compensaciones y dádivas que la Ley hubiese marcado. Pasen, y lean. Lean. 

Le habría administrado medicamentos desde los 18 meses a los cuatro años para reducirle las visitas

Tres años y diez meses de prisión por haber drogado a su hija desde que era un bebé con el objetivo de acusar al padre y restringirle el derecho de visitas. Esa es la condena impuesta por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, contra una enfermera por un delito contra la salud pública y maltrato en el ámbito familiar.

Según se detalla en la sentencia, habría empezado a darle medicamentos no recomendados para la edad de la menor desde los 18 meses y hasta los cuatro años, con la intención de culpar al padre de la conducta. El tribunal añade que la procesada, al ser enfermera, conocía que estas sustancias están totalmente desaconsejadas en menores de tan corta edad, puesto que «dos de ellas afectan al sistema nervioso, llegando una de ellas a poder afectar al crecimiento del corazón. Por su parte, la tercera sustancia, según la sentencia, es un fármaco opioide, utilizado como analgésico narcótico y que causa grave daño a la salud, según el Instituto Nacional de Toxicología, en su relación de sustancias tóxicas de tráfico de drogas».

Además de la pena de prisión, la ha inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad durante dos años y le ha impuesto la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y medio.

La Sala concluye que existió una vulneración del bien jurídico protegido, es decir, la salud pública, pues destaca que la droga «se administró a una bebé, por la persona de su madre, que era quien tenía su guarda y custodia». Sin embargo, indica que «la exposición de la menor a tales fármacos no vino a ocasionar un quebranto a su integridad física», por lo que incardina la conducta de la acusada dentro del tipo penal del maltrato de obra hacia su hija.

Los magistrados destacan que estaba todo organizado, puesto que en varias ocasiones había denunciado la actitud somnolienta de su hija cuando volvía de las visitas con su padre y la había llevado al pediatra. Se ha denegado la indemnización que reclamaba el progenitor de 8.000 euros, puesto que no queda acreditado si la cantidad es para la menor o para él, en cuyo caso tampoco se ha demostrado con informes médicos el posible sufrimiento que esta situación le habría causado.

 

 

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España

(VIDEO MEMORABLE) LECCIÓN MAGISTRAL: Frank Cuesta explica sin morderse la lengua lo que opina de las “futbolistillas” de la selección… y de las feministas

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Pues a lo que nos dice Frank, no tenemos nada más que añadir. Lo suscribimos en un 110%. 

Pasen, y vean. 

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