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Tribunales

El Rey llama a respetar las resoluciones de una Justicia que es independiente

AGENCIAS

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Felipe VI, en una imagen de archivo.
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El Rey ha subrayado este martes la «plena legitimidad» e independencia del poder judicial en España y ha considerado que el respeto a sus resoluciones es una condición indispensable «en cualquier democracia que se precie de serlo».

Felipe VI ha apelado a ese respeto en su intervención en la entrega de despachos a la 68 promoción de la carrera judicial, donde ha estado acompañado por la ministra de Justicia, Dolores Delgado; el de Interior, Fernando Grande Marlaska; el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes; y la Fiscal General del Estado, María José Segarra.

Un acto que tradicionalmente se celebra en Barcelona pero que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido trasladar este año a Madrid con motivo del 40 aniversario de la Constitución.

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A la espera del comienzo del juicio a los dirigentes independentistas del ‘procés’ aunque sin citar en ningún momento la situación en Cataluña, el rey ha ensalzado el valor del texto constitucional y la necesidad de respetar las resoluciones judiciales.

La Justicia, ha recalcado, representa uno de los valores fundamentales de la sociedad por ser condición indispensable para la convivencia, y el Poder Judicial ha dicho que es la institución que permite hacer real y efectivo ese valor supremo.

Un Poder Judicial que ha asegurado que cuenta con «plena legitimidad» y del que ha destacado el valor de su independencia.

El jefe del Estado ha pedido a los integrantes de la 68 promoción de la carrera judicial que tengan siempre presente que en el origen y la esencia de sus decisiones debe situarse la Constitución «como norma fundamental de nuestra convivencia que inspira el resto del ordenamiento jurídico y que nos asegura -ha dicho- un escenario cierto, sólido y fiable de derechos y libertades».

Tras recordar el 40 aniversario del texto constitucional, ha recalcado que su valor está no solo en el pacto de convivencia intergeneracional que representa, sino también y, sobre todo, en el hecho de ser la garantía de los valores supremos de una sociedad libre.

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Unos valores sin los que ha asegurado que no sería reconocible como tal «porque encarna la máxima calidad democrática de una sociedad y ampara, a la vez que limita, el ejercicio del poder político».

Felipe VI ha resaltado que el Poder Judicial es pieza clave en el entramado institucional diseñado por los constituyentes y ha sido entonces cuando ha instado al respeto de sus resoluciones.

«La función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, atribuida en exclusiva a un poder del Estado, independiente y plenamente separado de los demás poderes, así como el respeto a las resoluciones dictadas por los órganos judiciales, son -ha subrayado- condiciones indispensables en cualquier democracia que se precie de serlo».

A su juicio, una sociedad moderna y avanzada como la española solo puede desarrollarse en paz y concordia si cuenta con un poder del Estado independiente y neutral para impartir justicia.

Por eso ha pedido a los nuevos jueces que contribuyan a mantener y reforzar la legitimidad del Poder Judicial actuando desde la independencia y la imparcialidad, con honradez, integridad y en beneficio de los ciudadanos, la sociedad y el país.

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«España merece que todos y cada uno de nosotros, desde el papel que nos corresponde, estemos plena y permanentemente comprometidos con nuestros valores constitucionales, con la libertad y el pluralismo político, con la justicia, la igualdad y el respeto a la dignidad de las personas», ha añadido.

Asimismo ha resaltado la fortaleza de las instituciones españolas gracias a «la excelencia personal puesta al servicio del bien común» y, especialmente, en momentos de dificultad.

Felipe VI ha aprovechado para reconocer la labor que, «con valor, coraje y determinación», han realizado los profesionales de la Administración de Justicia durante los 40 años de la Constitución.

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España

El juez del Tribunal Supremo que investiga al Fiscal General le acusa de «destruir pruebas». Pero aquí no dimite nadie

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El juez que investiga a García Ortiz le reprocha que haya hecho «desaparecer pruebas»

Hurtado señala la «falta de colaboración» del fiscal general del Estado por no haber comunicado al tribunal la eliminación de sus mensajes

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos -por la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso- ha reprochado a Álvaro García Ortiz que haya hecho «desaparecer pruebas» de sus móviles, tras constatar la Unidad Central Operativa (UCO) que eliminó sus mensajes en los días claves de la divulgación de esa información confidencial sobre la investigación al empresario por fraude tributario.

Así lo pone de manifiesto el magistrado Ángel Hurtado en la resolución en la que -tras la queja del fiscal general sobre la incorporación de datos reservados a los informes de la UCO- acuerda que acusaciones y defensas puedan consultar los anexos de esos dictámenes en la propia secretaría del tribunal, para reducir así el riesgo de filtraciones. El instructor toma esta decisión tras recibir el último informe de la UCO, fechado el pasado día 21, que incorpora tres anexos sobre lo «cambios de móvil» del fiscal general

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El instructor señala que «es una evidencia» que García Ortiz «ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles» a lo largo de la instrucción. Y «aunque ha dado distintas explicaciones para hacerlo», añade, «de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición» y «no aprovechar» para llevar a cabo ese borrado masivo el mismo 16 de octubre del pasado año, «cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre».

«Precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia»

Ante esa eliminación de datos, y «el cauteloso «conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia», como dice nuestra LECrim -asegura-, se han acordado diversas diligencias «para tratar de recuperar pruebas», para lo que «ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva, en las que, previsiblemente, el propio investigado debió haberse representado la posibilidad de encontrar datos relativos a terceros, que no había razón para descartar que ofrecieran información que contribuyese a ese esclarecimiento de los hechos».

Hurtado se refiere de forma expresa a lo que señala a este respecto la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) cuando se refiere -con el lenguaje propio de finales del siglo XIX- a la «desigualdad» de condiciones entre el investigado y el Estado en un procedimiento penal en la medida en que «desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerlo», aquel «estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la Justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida». Para restablecer esa igualdad, expone la norma procesal, «menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor».

Y aunque deja claro que «no desconoce» que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desparecer pruebas», añade que «tampoco se debe ignorar» que ese borrado de mensajes de su móvil (y también de las copias de seguridad, según ha constatado la UCO) «no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal».

La consulta de documentos, en el Supremo

Hurtado acuerda que, a partir de ahora, los anexos de los oficios que realice la UCO no se entregarán a las partes, que únicamente podrán consultarlos en la secretaría del alto tribunal. García Ortiz se quejó de una supuesta vulneración de la normativa de protección de datos por la divulgación de información reservada en los anexos a esos dictámenes.

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El magistrado se ampara en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que faculta a los jueces a adoptar las medidas necesarias para suprimir datos personales de resoluciones y documentos «siempre que no sean necesarios para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva», y sin que en ningún caso, pueda producirse indefensión a las partes.

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